27 de noviembre de 2023

Complemento de maternidad

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RECONOCIMIENTO RETROACTIVO DEL COMPLEMENTO DE MATERNIDAD POR APORTACIÓN DEMOGRÁFICA A LOS PADRES: UNA OPORTUNIDAD DE IGUALDAD

El Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre por el que aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), estableció un complemento de maternidad en su artículo 60 LGSS a partir de 2016, inicialmente excluyendo a los padres. Sin embargo, esta exclusión fue objeto de controversia y llevó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) a emitir una sentencia en diciembre de 2019 (asunto C-450/18), considerando esta exclusión como discriminatoria al dejar fuera a los hombres en situaciones equiparables.
En respuesta a esta sentencia, el Tribunal Supremo, Sala Cuarta, en sus sentencias núm. 163/2022 de 17 de febrero y núm. 1995/2022, determinó que el complemento de maternidad por aportación demográfica debe reconocerse también a los padres, con efectos retroactivos hasta el 3 de febrero de 2021, fecha en la que se modificó este artículo. Esta inclusión retroactiva proporciona a los padres la oportunidad de recibir un reconocimiento justo por su contribución demográfica.

MEJORAS EN LAS PRESTACIONES PARA LOS PADRES
Este reconocimiento retroactivo implica mejoras en las prestaciones para los padres que cumplan los requisitos y sean titulares de pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente o viudedad con dos o más hijos. Las mejoras varían en función del número de hijos:
Dos hijos: Mejora del 5%
Tres hijos: Mejora del 10%
Cuatro o más hijos: Mejora del 15%

REQUISITOS PARA SOLICITAR EL COMPLEMENTO DE MATERNIDAD POR APORTACIÓN DEMOGRÁFICA
Para solicitar este complemento de maternidad, debes cumplir con los siguientes requisitos:

1.- Eres padre de dos o más hijos.
2.- Entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 te reconocieron una pensión contributiva de la Seguridad Social de alguno de estos tipos: de jubilación ordinaria, de jubilación anticipada por causa no imputable al trabajador, de viudedad o de incapacidad permanente.
Con esta modificación, se busca corregir la desigualdad inicial y garantizar un tratamiento equitativo para ambos progenitores, reconociendo su papel en la sociedad y su contribución a la demografía.
¿Y SI LO HA COBRADO YA LA PROGENITORA?
El Tribunal Supremo, Sala Cuarta, en su sentencia 2132/2023 de 17/05/2023, ha establecido de manera categórica que el reconocimiento del complemento de maternidad por aportación demográfica no está limitado a un solo progenitor. La doctrina establece que tanto mujeres como hombres que cumplan los requisitos pueden acceder a este complemento, independientemente de si el otro progenitor o persona asimilada también tiene derecho a su percepción.
En otras palabras, el reconocimiento del derecho a percibir el complemento de maternidad no debe impedir que ambos progenitores lo perciban si cumplen con los requisitos legales establecidos.

ABORDANDO LA PRESCRIPCIÓN DEL DERECHO AL COMPLEMENTO
En cuanto a la prescripción del derecho al complemento, aún no se ha establecido jurisprudencia consolidada. Existen dos puntos de vista divergentes entre expertos en derecho laboral y de la Seguridad Social. Algunos argumentan que el plazo de prescripción es de cinco años desde el hecho causante de la prestación, mientras que otros consideran que, debido a la discriminación inicial, este plazo no debería aplicarse.
La interpretación final sobre este asunto será crucial para determinar si se puede solicitar el complemento sin verse afectado por la prescripción y así garantizar la igualdad de oportunidades para aquellos que cumplen los requisitos.

CÓMO RECLAMAR EL COMPLEMENTO DE MATERNIDAD POR APORTACIÓN DEMOGRÁFICA
Para reclamar este complemento de maternidad, es importante seguir los pasos adecuados:
1. Preparación de Documentación:
– DNI.
– Resolución de reconocimiento de la pensión con el cálculo del importe.
– Libro de Familia o Certificado de Nacimiento de los hijos.
2. Presentación de la Reclamación:
– Presenta la solicitud ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social, ya sea de forma presencial o vía telemática con certificado digital.

Recuerda que el plazo para reclamar el complemento de maternidad por aportación demográfica es crucial. Si cumples con los requisitos, asegúrate de presentar tu solicitud ante la Seguridad Social dentro de los plazos estipulados para evitar perder esta oportunidad de reconocimiento retroactivo y mejora en prestaciones.

3. Pasos seguir en caso de Denegación:

– Si deniegan la petición o no responden en tres meses, se entiende desestimado por silencio administrativo negativo. En este caso, presenta una reclamación previa en el plazo de 30 días hábiles desde la notificación, sin necesidad de un abogado.
4. Demanda en caso de Desestimación:
– Si desestiman la reclamación o no responden en 45 días, tienes un plazo de 30 días hábiles para presentar una demanda contra el INSS en un Juzgado de lo Social.

CONCLUSIÓN
En conclusión, el reconocimiento retroactivo del Complemento de Maternidad por Aportación Demográfica a las pensiones contributivas de jubilación representa un avance significativo hacia la igualdad de género y la equidad en la Seguridad Social.

La reciente sentencia del Tribunal Supremo destaca que este beneficio no está limitado a un único progenitor, sino que ambos, madres y padres, pueden acceder a él cumpliendo los requisitos establecidos. Es esencial actuar dentro de los plazos adecuados para reclamar este derecho y asegurar que se reciba el reconocimiento que corresponde.
Si tienes preguntas o necesitas asistencia en este proceso, no dudes en contactarnos. Confía en que nuestros servicios pueden brindarte la orientación y el apoyo necesarios para acceder a este reconocimiento que puede mejorar tus prestaciones. Estamos aquí para ayudarte en cada paso del camino.