9 de abril de 2024

¡Prepárate para la Declaración de la Renta 2023 con BM Asociados!

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Como bien saben, el 3 de abril dió comienzo el plazo de presentación de la DECLARACIÓN DE LA RENTA 2023. Desde BM Asociados queremos informarles que comenzaremos a atender a partir del día 23 de abril.

En cualquier caso, el plazo termina el 1 de julio de 2024 excepto para las declaraciones con resultado a ingresar que se pretendan domiciliar en cuenta, cuyo plazo de presentación finaliza el 26 de junio.

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN DEBES TENER PREPARADA PARA HACER TU DECLARACIÓN DE LA RENTA?

Para la confección de la misma será necesaria la siguiente documentación:

  • Copia del DNI de cada uno de los contribuyentes. 
–  Si ha variado su situación personal: estado civil, ascendientes y descendientes a su cargo. Así como si alguno de sus descendientes es mayor de 14 años debe indicarnos su número de DNI.

–  Número de cuenta o IBAN para la devolución/pago de la renta.
–  Asignación tributaria: iglesia católica, fines sociales, ambos o ninguno.
–  Ratificación de domicilio, el contribuyente debe de confirmar en la AEAT cuál es su domicilio, este paso es previo a la obtención de los datos fiscales por lo que debe de confirmar cuál es su domicilio actual (sólo si hay algún cambio con respecto al anterior).

  • Certificados de rendimientos del trabajo, de capital mobiliario, etc…

–  Aportaciones a sindicatos, colegios profesionales, si las tuviera.
–  Información fiscal bancaria: rendimientos de cuentas bancarias y dividendos, compraventa de acciones, hipoteca de la vivienda habitual y fecha de adquisición de la misma.

  • Certificados de las entidades en régimen de atribución de renta a las que perteneciera.
  • Certificado bancario del pago de las cantidades destinadas a cuentas vivienda. Así como la justificación de los pagos efectuados como adquisición de la vivienda habitual.
  • Información fiscal bancaria, si se la ha proporcionado el banco.
  • Ingresos por arrendamientos si los hubiese:

–  Si tiene inmuebles de su propiedad que estén arrendados:  ingresos, gastos (tributos, comunidad de propietarios, intereses hipotecarios, reparaciones, seguro).

  • Deducción por vivienda alquilada: fecha de contrato, cantidad de alquiler que paga al mes, meses que estuvo alquilado, nif del arrendador y referencia catastral.
  •  En el caso de ampliación de hipotecas las escrituras de ampliación de las mismas.
  • Recibos de contribución de los titulares de todos los bienes.
  • Certificado de aportaciones a planes de pensiones, mutualidades, patrimonio protegido.


Y cualquier otra documentación que estime oportuna para dicha declaración, como criptomonedas, becas, ayudas recibidas, etc. Les enviaremos una copia de sus datos fiscales, es importante que los cotejen para comprobar que los datos que envía la administración son correctos y se corresponden con su situación personal y económica real. Ya que ni la agencia tributaria ni el despacho se haría responsable en el caso de los datos que haya omitido o informado erróneamente en su declaración.

La campaña de la Declaración de la Renta para este 2023 comienza el 3 de abril y tendrá fin el próximo 1 de julio.

NOVEDADES IMPORTANTES PARA EL AÑO FISCAL 2023

– Nuevos incentivos relativos a la adquisición de vehículos eléctricos y puntos de recarga. Necesitaremos factura para conocer toda la información relativa a la compra: categoría (turismo, motocicleta, etc.), NIF del vendedor, precio de venta y gastos, datos del vehículo (matrícula, fecha de matriculación), etc.

Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas. Se mantiene la deducción

– Las nuevas deducciones autonómicas en la Comunidad Valenciana: 

  • Por el incremento de los costes de financiación ajena en la inversión de la vivienda habitual.
  • Por adquisición de vehículos nuevos pertenecientes a las categorías incluidas en la Orden 5/2020, de 8 de junio.
  • Por las cantidades satisfechas en tratamientos de fertilidad realizados en clínicas o centros autorizados.
  • Por cantidades satisfechas en determinados gastos de salud: 

Gastos en salud bucodental, gastos por compra de cristales graduados, lentes de contacto y soluciones de limpieza para gafas y lentillas (óptica), gastos relacionados con salud mental, gastos generados por enfermedades crónicas de alta complejidad y enfermedades raras y los generados por miembros de la unidad familiar con diagnóstico de daño cerebral adquirido o alzhéimer. 

No se tendrán en cuenta las primas satisfechas por seguros médicos ni el importe de las prestaciones médicas que sean reintegrables por la seguridad social o las entidades que la sustituyan.

  • Por cantidades satisfechas en gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludable

Cuotas de pertenencia o adhesión satisfechas a gimnasios, clubes deportivos, federaciones deportivas, grupos de recreación deportiva, secciones deportivas o de recreación deportiva de otras entidades no deportivas, agrupaciones de recreación deportiva, asociaciones de federaciones y sociedades anónimas deportivas; adquisición del equipamiento obligatorio para la práctica del deporte federado; servicios personales de entrenamiento prestados por técnicos y entrenadores deportivos; y servicios personales prestados por traumatólogos, dietistas-nutricionistas, fisioterapeutas, podólogos o técnicos superiores en Dietética

 

Cuando haya más de un contribuyente declarante con derecho a aplicar la deducción por haber desembolsado cantidades, el importe del gasto se prorrateará por partes iguales.

NOTA:  En la web de Hacienda nos avisan que para deducir los gastos de salud y de deporte los pagos han de efectuarse mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito.

 
No olviden guardar un justificante que acredite dicho gasto bien sea factura o justificante del extracto del banco del pago realizado.
 
 

¡RECUPERA EL IRPF PAGADO DE MÁS!

Por último, pero no menos importante, le recordamos la posibilidad de recuperar el IRPF pagado de más en los años 2019, 2020, 2021 y 2022. Esto es especialmente relevante para aquellos pensionistas que cotizaron antes de 1978 a mutuas laborales. Para obtener más detalles sobre este tema, le invitamos a visitar el siguiente enlace en nuestra web:

 
 

Esperamos que toda esta información sea útil para usted mientras se prepara para la Declaración de la Renta 2023. No dude en ponerse en contacto con nosotros si tiene alguna pregunta o necesita asistencia adicional.

¡Gracias por confiar en BM Asociados!